Art. 29
Título CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA, SERVICIOS Y NAVEGACIÓN DE ESPAÑACapítulo CAPÍTULO X

Art. 29

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En vigor desde 14 may 2015
De acuerdo con lo establecido en el artículo 32.2 de la Ley 4/2014, de 1 de abril, se constituye la Asamblea General de Cámaras, como órgano para desarrollar actuaciones e iniciativas que promuevan la participación, con voz pero sin voto, de todas las Cámaras en el ejercicio de sus funciones. La Asamblea General de Cámaras es un órgano de consulta y participación de todas las Cámaras de Comercio, de acuerdo con lo previsto en el artículo 32.2 de la Ley 4/2014, de 1 de abril. La Asamblea General de Cámaras será presidida por el Presidente de la Cámara de Comercio de España y estará integrada por los Presidentes de todas las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España. El Secretario General y el Director Gerente, si lo hubiera, asistirán, con voz pero sin voto a las reuniones de la Asamblea General de Cámaras. Asimismo, el representante del Ministerio de Economía y Competitividad en el Pleno asistirá, con voz pero sin voto, a las reuniones de la Asamblea General de Cámaras. También podrán participar en la Asamblea General de Cámaras las personas o entidades que por razón de la materia a tratar sean invitadas por el Presidente.
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