Art. Disposición final única

Art. Disposición final única

4 / 4
En vigor desde 18 mar 2014
Esta orden producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Estado».
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2014/03/07/ecc395#disposicion-final-unica