Art. 14
Capítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 2.ª Contenido y estructura del informe anual de gobierno corporativo

Art. 14

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En vigor desde 5 dic 2015
El informe anual de gobierno corporativo tendrá un epígrafe titulado «Política de conflictos de intereses» que contendrá, al menos, la siguiente información: 1. Conflictos de intereses que hayan afectado a la fundación bancaria y a las siguientes personas: a) Los patronos, sus cónyuges o sus familiares próximos. b) Cualesquiera sociedades o entidades en las que el patrono ostente directa o indirectamente una participación social significativa, y las sociedades o entidades en las que el patrono ejerza personalmente o mediante representación un cargo de administración o de dirección o de las que perciba remuneraciones por cualquier causa. c) Las entidades o personas pertenecientes a alguno de los grupos previstos en el artículo 39.3 de la Ley 26/2013, de 27 de diciembre, que cuenten con representación en el patronato. d) El director general, el secretario y los directivos de la fundación bancaria. e) Los miembros de las comisiones delegadas y los órganos delegados o apoderados del patrono. 2. Procedimientos para detectar y resolver los posibles conflictos de intereses que puedan afectar a la fundación bancaria o su grupo, y las personas y entidades previstas en el apartado anterior. 3. Procedimientos de decisión especiales establecidos, en su caso, para la concertación de operaciones entre los patronos, sus cónyuges o sus familiares próximos, el director general, el secretario o el personal directivo de la fundación bancaria, y la entidad de crédito participada. 4. Procedimientos y órganos establecidos, en su caso, por la fundación bancaria para detectar y resolver los posibles conflictos de intereses con la entidad de crédito participada.
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eli/es/o/2015/11/30/ecc2575#art-14