Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 2.ª Contenido y estructura del informe anual de gobierno corporativo
Art. 13
13 / 27En vigor desde 5 dic 2015
El informe anual de gobierno corporativo incluirá un epígrafe titulado «Operaciones vinculadas», que contendrá, al menos, la siguiente información:
1. El órgano competente y el procedimiento para la aprobación de las operaciones significativas con partes vinculadas o con entidades intragrupo.
2. Información sobre las operaciones significativas realizadas con partes vinculadas o con entidades intragrupo, desglosada en operaciones realizadas por la fundación bancaria con:
a) Los patronos de la fundación, sus cónyuges o sus familiares próximos.
b) Los grupos a los que se refiere el artículo 39.3 de la Ley 26/2013, de 27 de diciembre, que cuenten con representación en el patronato.
c) Los miembros de las comisiones delegadas y los órganos delegados o apoderados del patronato.
d) El director general, el secretario general, los titulares de cualquier otro órgano directivo o administrativo y el personal directivo de la fundación bancaria.
e) La entidad de crédito participada o los miembros del consejo de administración de aquella.
f) Las entidades o sociedades que formen parte del mismo grupo que la fundación bancaria o los miembros de los órganos de administración, dirección o patronatos de aquellas.
g) Las entidades o sociedades distintas de las previstas en el párrafo anterior que formen parte del grupo al que pertenece la entidad bancaria participada por la fundación, o los miembros de sus órganos de administración, dirección o patronatos.
h) Otras partes vinculadas.
3. Información sobre las operaciones significativas realizadas con partes vinculadas o con entidades intragrupo, desglosada en operaciones realizadas por los patronos de la fundación, sus cónyuges o sus familiares próximos con:
a) La entidad de crédito participada o los miembros del consejo de administración de aquella.
b) Las entidades o sociedades que formen parte del mismo grupo que la fundación bancaria o los miembros de los órganos de administración, dirección o patronatos de aquellas.
c) Las entidades o sociedades distintas de las previstas en el párrafo anterior que formen parte del grupo al que pertenece la entidad bancaria participada por la fundación, o los miembros de sus órganos de administración, dirección o patronatos.
d) Otras partes vinculadas.
4. La información prevista en los apartados anteriores versará, al menos, sobre los siguientes elementos:
a) El tipo y la naturaleza de las operaciones efectuadas.
b) Las partes que han intervenido en la operación vinculada.
c) Su cuantificación.
d) Las condiciones y plazos de pago.
e) Las garantías otorgadas y recibidas y las partes vinculadas que, en su caso, hubiesen intervenido en ellas.
f) Cualquier otro aspecto relevante de las operaciones que permita una adecuada interpretación de la operación efectuada.
La información podrá presentarse de forma agregada en el caso de que afecte a partidas de contenido similar.
5. La información distinguirá, por un lado, las operaciones realizadas desde el inicio del ejercicio económico hasta la fecha de cierre del período al que se refiere el informe a presentar por la fundación bancaria y, por otro lado, las realizadas con anterioridad al inicio del ejercicio económico aún no extinguidas.
6. En todo caso, se informará de cualquier operación intragrupo realizada con sociedades establecidas en países o territorios que tengan la consideración de paraíso fiscal.
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Proeli/es/o/2015/11/30/ecc2575#art-13