Art. Disposición final tercera
Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición final tercera

21 / 21
En vigor desde 5 feb 2016
La presente orden entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2015/11/04/ecc2316#disposicion-final-tercera