Art. 15

Art. 15

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En vigor desde 30 sept 2021
El régimen de infracciones y sanciones administrativas aplicables será el establecido en el título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el título IV del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. El procedimiento sancionador se regirá por lo establecido en el capítulo III del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, en lo relativo a los principios de la potestad sancionadora, y en el título IV de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en lo que respecta al procedimiento, con las especificidades contempladas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
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