Art. 2

Art. 2

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En vigor desde 16 sept 2021
Se aprueba el modelo que figura en el anexo II como el documento relativo a la información referida en el artículo 16.3 del Reglamento, en relación a la información sobre notas desfavorables y a la cancelación de las mismas, que será de aplicación al personal estatutario del Centro Nacional de Inteligencia.
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eli/es/o/2021/09/06/def961#art-2