Art. 29
Capítulo CAPÍTULO VI

Art. 29

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En vigor desde 31 ene 2008
Las memorias reflejarán los objetivos cumplidos a lo largo del año y el desarrollo seguido para alcanzar estos objetivos. Los anuarios estadísticos registrarán a su vez, en cifras y porcentajes, los datos anuales cuantitativos de los centros, sus recursos y los servicios prestados.
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eli/es/o/2008/01/23/def92#art-29