Art. 2
2 / 15En vigor desde 3 feb 2016
La Oficina de Atención a la Discapacidad en las Fuerzas Armadas dependerá orgánica y funcionalmente de la División del Servicio de Apoyo al Personal de la Dirección General de Personal del Ministerio de Defensa.
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Proeli/es/o/2016/01/25/def83#art-2