Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 4.ª La Inspección General del Ejército de Tierra
Art. 35
42 / 48En vigor desde 29 jul 2020
1. La Inspección General del Ejército de Tierra es el órgano del Apoyo a la Fuerza responsable, en el ámbito del Ejército de Tierra, de la dirección, gestión, administración y control de los procesos relacionados con las infraestructuras, la protección medioambiental, la prevención de riesgos laborales y aquellos otros que se determinen relacionados con la vida y funcionamiento de las unidades.
2. La Inspección General del Ejército de Tierra se articula en:
a) La Jefatura de la Inspección General del Ejército de Tierra.
b) La Dirección de Acuartelamiento.
c) La Dirección de Infraestructura.
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Proeli/es/o/2020/07/27/def708#art-35