Art. 34 bis
Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 3.ª El Mando de Apoyo Logístico

Art. 34 bis

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En vigor desde 12 jun 2024
1. La Dirección de Ingeniería del Mando de Apoyo Logístico es el órgano de carácter técnico-facultativo responsable de la dirección, gestión, administración y control en los procesos relativos a la ingeniería de los sistemas de armas, materiales y equipos cuya responsabilidad es asignada al Mando de Apoyo Logístico, a lo largo de todo su ciclo de vida. 2. Asimismo, le corresponde el apoyo técnico en ingeniería, en particular, la gestión de ingeniería de la calidad, el asesoramiento y supervisión técnica de los apoyos externos en ingeniería, la ingeniería del crecimiento tecnológico y de las actividades de experimentación de materiales, así como la catalogación, documentación, normalización y homologación de sistemas de armas, materiales y equipos responsabilidad del Mando de Apoyo Logístico. 3. La Dirección se articula en: a) La Subdirección de Ingeniería de Sistemas, como órgano responsable de la gestión, en materia de ingeniería de sistemas, para apoyo al ciclo de vida de los sistemas de armas, materiales y equipos del ET en el ámbito de sus competencias, de los servicios técnicos y del crecimiento tecnológico. b) La Subdirección de Ingeniería de Armamento y Material, como órgano responsable de la gestión de la ingeniería aplicada a los sistemas de armas, materiales y equipos de responsabilidad del ET en el ámbito del Sistema de Apoyo Logístico del ET en todo lo relativo a obtención, entrada en servicio, modernización y sostenimiento de los materiales dentro de su ámbito de actuación. Se añade por el art. único.11 de la Orden DEF/559/2024, de 29 de mayo. Ref. BOE-A-2024-11777

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eli/es/o/2020/07/27/def708#art-34-bis