Art. 34
Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 3.ª El Mando de Apoyo Logístico

Art. 34

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En vigor desde 29 jul 2020
1. La Dirección de Integración de Funciones Logísticas es el órgano responsable de dirigir los procesos de las funciones de abastecimiento, excluida la adquisición, de mantenimiento y transporte. Ello incluye la integración del apoyo logístico en lo relativo a la gestión, administración, control y análisis en los procesos de estas funciones. 2. La Dirección de Integración de Funciones Logísticas se articula en: a) La Subdirección de Gestión Logística, responsable de la gestión funcional integrada y del control de las actividades ordenadas, en este nivel, del Sistema de Apoyo Logístico del Ejército. b) La Subdirección de Análisis Logísticos, responsable de realizar los análisis de interés para el Sistema de Apoyo Logístico y del estudio del ciclo de vida de los diferentes materiales y sistemas de armas de dotación del Ejército de Tierra. c) La Jefatura de Centros Logísticos, que encuadra a los órganos logísticos centrales, responsables de realizar los procesos de control de calidad de las adquisiciones que se determinen, de elaborar los pliegos de prescripciones técnicas de los materiales y equipos que se le ordenen y de realizar el apoyo logístico de más alto nivel, dentro de las funciones de abastecimiento y mantenimiento, de los materiales que se determinen.
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