Art. 17
Capítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 4.ª El Mando de Canarias del Ejército de Tierra

Art. 17

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En vigor desde 29 jul 2020
1. Es un conjunto de unidades, que tienen por cometido principal prepararse para constituir, de forma rápida y eficaz, estructuras operativas. 2. La Comandancia General de Ceuta se articula en: a) El Cuartel General. b) Las pequeñas unidades de Combate, de Apoyo al Combate y Apoyo Logístico al Combate que se determinen.
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