Capítulo CAPÍTULO I
Art. 1
7 / 48En vigor desde 12 jun 2024
1. El Cuartel General del Ejército de Tierra está constituido por:
a) El Estado Mayor del Ejército de Tierra.
b) El Gabinete del Jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra.
c) La Jefatura del Ciberespacio y de los Servicios de Asistencia Técnica.
d) El Instituto de Historia y Cultura Militar.
e) La Asesoría Jurídica del Ejército de Tierra.
f) Las unidades de servicios generales que se determinen.
2. Dentro del Cuartel General del Ejército de Tierra se encuentra la Intervención Delegada en el Ejército de Tierra. Constituye el órgano de control económico y financiero, que ejerce el control interno de la gestión económico-financiera, la Notaría Militar y el asesoramiento económico-fiscal. Depende orgánica y funcionalmente de la Intervención General de la Defensa.
Se modifica el apartado 1 por el art. único.1 de la Orden DEF/559/2024, de 29 de mayo. Ref. BOE-A-2024-11777
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2020/07/27/def708#art-1