Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 1.ª Recurso humano
Art. 19
26 / 35En vigor desde 29 jul 2020
1. La Dirección de Asistencia al Personal (DIASPER) es responsable de la dirección, gestión, administración y control en materia de ayudas y prestaciones sociales, así como de las actividades orientadas a la acción social del personal militar en el ámbito de la Armada y de sus familias.
2. Las residencias militares y los centros deportivos y socioculturales de la Armada se encuadran en la DIASPER.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2020/07/27/def707#art-19