Art. 17
Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 1.ª Recurso humano

Art. 17

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En vigor desde 29 jul 2020
1. La Jefatura de Personal (JEPER), dependiente directamente del AJEMA, se encarga del planeamiento, dirección, gestión, administración y control del recurso humano. Asimismo, es responsable del desarrollo de las actuaciones en materia de reclutamiento y generación adicional de recursos humanos, la asistencia al personal, la orientación profesional, la enseñanza y la doctrina de personal. 2. La JEPER se articula en: a) La Jefatura. b) La Dirección de Personal. c) La Dirección de Asistencia al Personal. d) La Dirección de Enseñanza Naval. e) La Dirección de Sanidad.
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