Art. Undécima
Capítulo CAPÍTULO III

Art. Undécima

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En vigor desde 13 jun 2017
En el proceso para la aprobación de los diferentes currículos que conforman la enseñanza de perfeccionamiento, se distinguirán las siguientes fases: a) Preliminar. b) Análisis y elaboración del currículo. c) Verificación. d) Aprobación.
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