Capítulo CAPÍTULO VII
Art. 41 bis
51 / 53En vigor desde 1 jul 2026
(Derogado)
Se deja sin efecto la adición de este artículo por la derogación, antes de su entrada en vigor, de la Orden DEF/231/2026, de 16 de marzo, que lo añadía, por la disposición derogatoria.1 de la Orden DEF/648/2026, de 23 de junio. Ref. BOE-A-2026-13945 Se añade por el art. único.5 de la Orden DEF/231/2026, de 16 de marzo. Ref. BOE-A-2026-6640 Esta modificación entra en vigor el 1 de julio de 2026, segun establece la disposición final de la citada Orden.
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2017/04/04/def368#art-41-bis