Art. Disposición adicional primera
Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición adicional primera

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En vigor desde 1 dic 2015
El Subsecretario de Defensa mantendrá actualizadas las relaciones de museos de titularidad estatal adscritos al Ministerio de Defensa y de colecciones museográficas del Ministerio de Defensa, que figuran, respectivamente, en los anexos I y II.
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