Art. 1

Art. 1

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En vigor desde 23 feb 2014
Esta orden ministerial tiene como finalidad delegar las facultades en materia de contratación del Ministro y del Secretario de Estado que no han sido desconcentradas en el Real Decreto 1011/2013, de 20 de diciembre, y aprobar las delegaciones propuestas por las autoridades desconcentradas del artículo 2 del citado real decreto.
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eli/es/o/2014/02/10/def244#art-1