Art. 12
12 / 17En vigor desde 10 oct 2015
En virtud de lo establecido en la Disposición adicional cuarta del Real Decreto 806/2014 y de las funciones asignadas en el Real Decreto 454/2012, de 5 de marzo, modificado por el Real Decreto 524/2014, de 20 de junio, y por el Real Decreto 837/2015, de 21 de septiembre, se establece que:
1. El representante del Ministerio de Defensa en el Pleno de la Comisión de Estrategia TIC será el Secretario de Estado de Defensa (SEDEF).
2. El vocal representante del Ministerio de Defensa en el Comité de Dirección de las Tecnologías de Información y Comunicaciones será el Director del Centro de Sistemas y Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
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Tus anotaciones
Proeli/es/o/2015/10/05/def2071#art-12