Art. 12
12 / 18En vigor desde 20 jul 2011
Una vez que el Plan Anual de Contratación del Ministerio de Defensa (PACDEF) al que se refiere la disposición octava, apartado tercero, de la Instrucción 8/2009, de 9 de marzo, del Secretario de Estado de Defensa, por la que se aprueba el Programa Permanente de Eficiencia y Economía del Gasto del Ministerio de Defensa, haya sido implantado, el PACC pasará a ser parte integral del mismo y su aprobación se realizará de forma conjunta.
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Proeli/es/o/2011/07/13/def2021#art-12