Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª Aseguramiento interno de la calidad›§ Subsección 1.ª Aseguramiento interno de la calidad en los centros docentes militares
Art. Sexta
12 / 22En vigor desde 25 mar 2024
1. La autoevaluación, en función de los tipos de enseñanza que se impartan en el centro, será realizada, con carácter general, una vez finalizado el curso académico o coincidiendo con el año natural, en aquellos centros en los que la programación se realice de esta manera.
2. De las debilidades detectadas en el análisis crítico del sistema de aseguramiento interno de la calidad del centro, se tendrán en especial consideración aquellas que supongan incumplimientos de la normativa en vigor, así como los potenciales riesgos de situaciones que pudieran afectar negativamente a la eficacia y eficiencia del sistema de aseguramiento interno de la calidad del centro.
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Proeli/es/o/2024/02/26/def196#sexta