Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª Aseguramiento interno de la calidad›§ Subsección 1.ª Aseguramiento interno de la calidad en los centros docentes militares
Art. Quinta
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1. La comisión de calidad estará integrada por el siguiente personal:
a) Presidente: persona que ejerza la dirección del centro.
b) Secretario: persona que ejerza la jefatura del órgano auxiliar de dirección. De no existir este órgano, ejercerá este cargo el secretario de estudios del centro.
c) Vocales:
1.º Subdirector jefe de estudios.
2.º Otros Subdirectores si los hubiera.
3.º Personas que ejerzan la dirección de las escuelas, en aquellos centros en los que en su estructura se incluyan escuelas.
4.º Director del departamento de instrucción y adiestramiento, en los centros docentes militares de formación.
5.º Personas que ejerzan la jefatura de los órganos de administración, servicios y apoyo.
6.º Suboficial Mayor del centro docente militar.
7.º Persona responsable del Área o Unidad creada en el centro docente militar para dar cumplimiento a lo establecido en artículo 4.1 del Reglamento de la calidad de la enseñanza militar y de su evaluación aprobado por Real Decreto 93/2022, de 1 de febrero, si fuese distinta de los vocales indicados.
2. El presidente de la comisión podrá convocar al personal del centro cuya presencia estime necesaria en las reuniones que mantenga.
3. Corresponden a la comisión de calidad del centro las siguientes funciones:
a) Definir, proponer y revisar de forma periódica la política y objetivos de calidad del centro, que serán aprobados por su organismo de gestión de la enseñanza.
b) Supervisar la implantación del sistema de aseguramiento interno de la calidad del centro y la aplicación correcta de los criterios y directrices del sistema.
c) Realizar, con periodicidad anual, la autoevaluación del centro docente militar y emitir el correspondiente informe.
d) Analizar de forma continua las debilidades que se vayan identificando, determinar las acciones de mejora necesarias y realizar el seguimiento de su eficacia.
e) Analizar los resultados de las inspecciones, evaluaciones externas y evaluaciones de la actividad docente del profesorado, y adoptar las acciones que resulten pertinentes.
f) Considerar los riesgos y oportunidades que pudieran afectar al sistema de aseguramiento interno de la calidad del centro, para desarrollar una cultura preventiva centrada en la mejora.
g) Cualquier otra función, no indicada anteriormente, que conlleve el análisis de información y toma de decisiones en el ámbito del aseguramiento interno de la calidad del centro.
4. La comisión de calidad del centro se reunirá con carácter general semestralmente y con carácter extraordinario en aquellas ocasiones en que, por razones sobrevenidas, la convoque el director del centro docente militar. Las reuniones se desarrollarán de acuerdo con un orden del día fijado en la convocatoria y de todas ellas se redactará la correspondiente acta.
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Proeli/es/o/2024/02/26/def196#quinta