Art. 5
5 / 9En vigor desde 23 jul 2009
En lo no previsto en esta orden ministerial, la Comisión de Coordinación de la Actividad Internacional del Ministerio de Defensa se regirá por lo dispuesto para el funcionamiento de los órganos colegiados en el capítulo II del título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como con relación al uso de medios electrónicos, de conformidad con lo previsto en la disposición adicional primera de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
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Proeli/es/o/2009/07/15/def1951#art-5