Art. 4

Art. 4

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En vigor desde 7 may 2026
1. El director de la Academia Central de la Defensa será un oficial general nombrado por el Subsecretario de Defensa. 2. Al director de la Academia Central de la Defensa, como máxima autoridad del centro, le corresponden las funciones de ejercer el mando, la dirección y el gobierno del mismo y ostentar su representación. Asimismo, le corresponden las funciones de jefe del establecimiento “Academia Central de la Defensa”. 3. Para el cumplimiento de sus funciones contará con un órgano auxiliar. Se modifica por el art. único.2 de la Orden DEF/347/2026, de 13 de abril. Ref. BOE-A-2026-8421 Se modifica el apartado 1 por el art. único.2 de la Orden DEF/517/2018, de 22 de mayo. Ref. BOE-A-2018-6934

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Pro

eli/es/o/2015/09/09/def1846#art-4