Art. Primero

Art. Primero

1 / 17
En vigor desde 6 jul 2002
La presente Orden ministerial tiene por finalidad establecer los títulos de Técnico Militar de las especialidades que se determinen de los militares profesionales de tropa y marinería, así como las normas para la elaboración de los planes de estudios conducentes a la obtención de los mismos.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2002/06/27/def1683#primero