Art. Disposición adicional primera
Capítulo CAPÍTULO VI

Art. Disposición adicional primera

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En vigor desde 10 feb 2015
La Unidad de Apoyo General (UAG) de Retamares será responsable del apoyo, en materia de vida y funcionamiento y mantenimiento de las instalaciones, a las unidades dependientes de JEMAD ubicadas en la Base de Retamares, así como a sus componentes. Organiza y dirige la seguridad que precisen las instalaciones y el personal destinado de dichas Unidades. Dependerá directamente del Jefe de la Base de Retamares, que será la autoridad más antigua de las unidades del EMAD ubicadas en dicha base.
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