Capítulo CAPÍTULO V
Art. 25
25 / 40En vigor desde 10 feb 2015
El Apoyo a la Fuerza en el ámbito de los recursos financieros en cada ejército será realizado por la Dirección de Asuntos Económicos, responsable de la dirección, gestión, administración y control de los recursos financieros puestos a disposición de su ejército y de la contratación y contabilidad. Le corresponderá también la elaboración técnica del anteproyecto de presupuesto y la centralización de toda la información tanto sobre la previsión y ejecución de los programas como del presupuesto. Asimismo, le corresponderá la administración de los recursos financieros no asignados expresamente a ningún otro órgano.
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Proeli/es/o/2015/01/21/def166#art-25