Art. Disposición final quinta
Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición final quinta

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En vigor desde 1 mar 2019
1. Se habilita al Subsecretario de Defensa a dictar cuantas instrucciones y resoluciones sean necesarias para la aplicación de esta orden ministerial. En relación al artículo 9 el Subsecretario de Defensa podrá establecer períodos adicionales de jornada intensiva coincidentes con períodos de vacaciones escolares. 2. El Subsecretario de Defensa, anualmente, podrá evaluar los efectos de la aplicación de esta norma sobre la operatividad y funcionamiento de las unidades, y sobre la prestación de las guardias, servicios, periodos de instrucción continuada y actividades análogas por el personal incluido en el ámbito de aplicación de esta orden ministerial. Se añade el párrafo segundo al apartado 1 por el art. único.8 de la Orden DEF/110/2019, de 8 de febrero. Ref. BOE-A-2019-1784

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eli/es/o/2016/07/28/def1363#disposicion-final-quinta