Art. Norma 82
Título TÍTULO IXCapítulo CAPÍTULO II

Art. Norma 82

93 / 145
En vigor desde 27 feb 2025
Podrán tener emblemas característicos propios los siguientes cuerpos específicos de la Armada: – El Cuerpo General de la Armada. – El Cuerpo de Infantería de Marina. – El Cuerpo de Intendencia de la Armada. – El Cuerpo de Ingenieros de la Armada.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2025/01/28/def114#norma-82