Art. Norma 53
Título TÍTULO V

Art. Norma 53

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En vigor desde 27 feb 2025
Lo dispuesto en las presentes normas de uniformidad se entiende sin perjuicio de lo establecido en las leyes procesales militares, con respecto a los miembros del Cuerpo Jurídico Militar que ejerzan funciones judiciales y fiscales. Los miembros del Cuerpo Jurídico Militar, en audiencia pública, vestirán el uniforme de diario con el distintivo de Justicia Militar.
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eli/es/o/2025/01/28/def114#norma-53