Título TÍTULO I
Art. Norma 18
29 / 145En vigor desde 27 feb 2025
1. El rectángulo de identificación será de material plástico y sobre fondo negro o azul oscuro con el borde biselado en blanco, y llevará en letras mayúsculas de color blanco la inscripción del apellido o apellidos por el cual se identifica a la persona que lo porta. El rectángulo tendrá unas dimensiones de 16 por 81 milímetros, con el borde biselado en blanco de 1 milímetro.
2. El personal militar destinado en el extranjero y en los cuarteles generales multinacionales ubicados en España portará una variante del rectángulo de identificación, al que sustituirá, del mismo material y color de fondo, que contará con la bandera nacional con escudo incorporado seguida del nombre por el cual se identifica al personal que lo porta. Este rectángulo tendrá unas dimensiones de 16 por 95 milímetros, con el borde biselado en blanco de 1 milímetro.
3. Se situará en la zona «B» del uniforme. Será preceptivo en todas las modalidades de los uniformes de especial relevancia, diario y también en el de trabajo, cuando no se haya sustituido por una cinta de identificación, excepto en aquellas comisiones y actos militares y sociales que la autoridad competente estipule lo contrario.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2025/01/28/def114#norma-18