Art. Disposición transitoria tercera

Art. Disposición transitoria tercera

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En vigor desde 27 feb 2025
Con arreglo a lo que establece la disposición transitoria primera, apartado 2, del Real Decreto 1040/2003, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento general de recompensas militares, seguirán vigentes las autorizaciones de uso de condecoraciones que se hayan concedido con anterioridad a la entrada en vigor de esta orden ministerial.
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