Art. Disposición transitoria primera

Art. Disposición transitoria primera

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En vigor desde 27 feb 2025
En tanto no se dicten las correspondientes disposiciones que regulen todos los aspectos relativos a las prendas, emblemas, divisas, distintivos y complementos que se describen en las normas aprobadas por esta orden ministerial, se mantendrán vigentes las disposiciones normativas citadas en la disposición derogatoria única de la Orden DEF/1756/2016, de 28 de octubre, por la que se aprueban las normas de uniformidad de las Fuerzas Armadas, y en la disposición derogatoria única de esta orden ministerial.
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