Art. 2

Art. 2

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En vigor desde 3 may 2018
1. Los Títulos de Técnico Superior especificados por Ejércitos y Especialidad Fundamental son los siguientes: a) Ejército de Tierra. Especialidad fundamental Familia profesional Título de Técnico Superior Infantería Ligera. Seguridad y Medioambiente. Electricidad y Electrónica. Transporte y Mantenimiento de Vehículos. Administración y Gestión. Instalación y Mantenimiento. Edificación y Obra Civil. Informática y Comunicaciones. Actividades Físicas y Deportivas. Cualquiera de estas familias. Infantería Acorazada/Mecanizada. Caballería. Artillería de Campaña. Electricidad y Electrónica. Transporte y Mantenimiento de Vehículos. Instalación y Mantenimiento. Edificación y Obra Civil. Informática y Comunicaciones. Cualquiera de estas familias. Artillería Antiaérea. Ingenieros. Edificación y Obra Civil. Proyectos de Obra Civil. Proyectos de Edificación. Transmisiones. Electricidad y Electrónica. Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos. Helicópteros. Transporte y Mantenimiento de Vehículos. Mantenimiento Aeromecánico. Electrónica y Telecomunicaciones. Electricidad y Electrónica. Mantenimiento Electrónico. Mantenimiento y Montaje de Equipos. Instalación y Mantenimiento. Mantenimiento de Instalaciones Térmicas y de Fluidos. Electricidad. Electricidad y Electrónica. Sistemas Electrotécnicos y Automatizados. Informática. Informática y Comunicaciones. Administración de Sistemas Informáticos en Red. Automoción. Transporte y Mantenimiento de Vehículos. Automoción. Mantenimiento de Aeronaves. Transporte y Mantenimiento de Vehículos. Mantenimiento Aeromecánico. Mantenimiento de Armamento y Material. Instalación y Mantenimiento. Mecatrónica Industrial. b) Armada. Especialidad fundamental Familia profesional Título de Técnico Superior Administración. Administración y Gestión. Administración y Finanzas. Asistencia a la Dirección. Alojamiento y Restauración. Hostelería y Turismo. Dirección de Cocina. Armas. Electricidad y Electrónica. Automatización y Robótica Industrial. Mantenimiento Electrónico. Sistemas Electrotécnicos y Automatizados. Instalación y Mantenimiento. Mecatrónica Industrial. Comunicaciones y Sistemas de Información. Electricidad y Electrónica. Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos. Informática y Comunicaciones. Administración de Sistemas Informáticos en Red. Desarrollo de Aplicaciones Informáticas Multiplataforma. Energía y Propulsión. Marítimo pesquera. Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones. Transporte y Mantenimiento de Vehículos. Automoción. Mantenimiento Aeromecánico. Instalación y Mantenimiento. Mecatrónica Industrial. Desarrollo de Proyectos de Instalaciones Térmicas y de Fluidos Mantenimiento de Instalaciones Térmicas y de Fluidos. Electricidad y Electrónica. Sistemas Electrotécnicos y Automatizados. Maniobra y Navegación. Marítimo pesquera. Transporte Marítimo y Pesca de Altura. Sistemas. Electricidad y Electrónica. Automatización y Robótica Industrial. Mantenimiento electrónico. Sistemas Electrotécnicos y Automatizados. Instalación y Mantenimiento. Mecatrónica Industrial. Infantería de Marina. Todas las familias contenidas en el apartado 3.A Escalas de Suboficiales del anexo II del Real Decreto 35/2010, de 15 de enero. Cualquiera de estas familias. c) Ejército del Aire. Especialidad fundamental Familia profesional Título de Técnico Superior Protección de la Fuerza y Apoyo a las Operaciones. Electricidad y Electrónica. Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos. Sistemas Electrotécnicos y Automatizados. Informática y Comunicaciones. Administración de Sistemas Informáticos en Red. Desarrollo de Aplicaciones Informáticas Multiplataforma. Mantenimiento Aeronáutico. Transporte y Mantenimiento de Vehículos. Mantenimiento Aeromecánico. Sistemas de Información, Comunicaciones y Ciberdefensa. Electricidad y Electrónica. Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos. Informática y Comunicaciones. Administración de Sistemas Informáticos en Red. Desarrollo de Aplicaciones Informáticas Multiplataforma. Mantenimiento de Electrónica. Transporte y Mantenimiento de Vehículos. Mantenimiento de Aviónica. Control Aéreo. Electricidad y Electrónica. Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos. Informática y Comunicaciones. Administración de Sistemas Informáticos en Red. Desarrollo de Aplicaciones Informáticas Multiplataforma. Administración. Administración y Gestión. Administración y Finanzas. Asistencia a la Dirección. 2. Otros títulos. a) Serán también válidos todos aquellos títulos que tengan los mismos efectos profesionales y académicos que los anteriores relacionados, conforme a lo indicado en los correspondientes reales decretos por los que se establecen. b) Títulos universitarios oficiales de la rama de conocimiento a la que estén adscritos los títulos de técnico superior anteriormente citados. A estos efectos se considerarán las relaciones que figuran en el anexo 2.b) del Real Decreto 1618/2011, de 14 de noviembre, sobre reconocimiento de estudios en el ámbito de la Educación Superior. Se modifica el apartado 1.c) por el art. único de la Orden DEF/440/2018, de 24 de abril. Ref. BOE-A-2018-5936 Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 117, de 14 de mayo de 2018. Ref. BOE-A-2018-6399

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eli/es/o/2012/05/24/def1097#art-2