Art. 29
Capítulo CAPÍTULO VI

Art. 29

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En vigor desde 12 abr 1997
De conformidad con el ordenamiento jurídico aplicable, la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones prestará todo el auxilio y colaboración que le requiera cualquier órgano de la Administración de Justicia.
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eli/es/o/1997/04/09/(1)#art-29