Art. Disposición transitoria

Art. Disposición transitoria

6 / 10
En vigor desde 12 sept 1998
Hasta tanto se dé cumplimiento al artículo 11.2.a) de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerza y Cuerpos de Seguridad, continuarán existiendo las Compañías y Puestos actualmente establecidos con las demarcaciones territoriales asignadas.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/1998/09/08/(1)#disposicion-transitoria