Art. Disposición adicional primera
8 / 10En vigor desde 10 may 1997
La duración del programa regulado por la presente Orden finalizará el 31 de diciembre de 1997.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/o/1997/05/08/(1)#disposicion-adicional-primera