Art. Disposición adicional
13 / 18En vigor desde 13 jul 1989
El régimen jurídico de los beneficiarios del INSERSO atendidos en Centros concertados será el establecido en la normativa vigente aplicable a los beneficiarios de los Centros Residenciales del INSERSO para la Tercera Edad y Minusválidos.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/o/1989/07/07/(2)#disposicion-adicional