Art. 3
Capítulo CAPÍTULO I

Art. 3

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En vigor desde 20 oct 1988
Uno. El Departamento de Estudios Diplomáticos organiza los cursos de formación de los candidatos a la Carrera Diplomática que han superado las correspondientes pruebas de ingreso. El programa de los cursos comprende el estudio sistemático de las relaciones internacionales y el aprendizaje práctico de las técnicas de la función diplomática y consular. Dos. Asimismo el Departamento apoyará la realización de estudios concernientes a la diplomacia en todos sus aspectos.
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eli/es/o/1988/10/05/(1)#art-3