Art. Primero

Art. Primero

1 / 4
En vigor desde 11 dic 1981
Se aprueba la norma genérica de calidad para productos cárnicos crudos adobados que figura en el anejo número 1 de esta Orden.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/1981/11/05/(5)#primero