Art. Disposición transitoria única

Art. Disposición transitoria única

14 / 16
En vigor desde 12 sept 1998
La presente Orden se aplicará a las solicitudes de ayudas acogidas al Real Decreto 204/1996 sobre las que no haya recaído resolución de concesión de la Comunidad Autónoma a la fecha de su entrada en vigor.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/1998/09/04/(1)#disposicion-transitoria-unica