Art. Disposición final primera
Secc. Sección quinta. Derechos y deberes

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 12 oct 1995
Las modificaciones que se pudieran producir en el Régimen de la Función Pública que incidan en las normas jurídicas, económicas y laborales, establecidas en el pre­sente texto, motivarán la revisión del mismo en los aspec­tos afectados con las consecuencias que ello conlleve.
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eli/es/o/1995/10/04/(1)#disposicion-final-primera