Secc. Sección cuarta. Régimen de trabajo
Art. 26
26 / 40En vigor desde 12 oct 1995
Se establecerá un sistema de computación semestral del horario de trabajo, al objeto de realizar los correspondientes ajustes y compensaciones de sesiones de trabajo realizadas.
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Tus anotaciones
Proeli/es/o/1995/10/04/(1)#art-26