Art. 23
Secc. Sección tercera. Personal de la Orquesta

Art. 23

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En vigor desde 12 oct 1995
El ingreso en la plantilla de Profesores de la Orquesta Nacional de España se realizará por el sistema de con­curso-oposición, considerándose, entre otros, en la fase de concurso los servicios prestados en la mencionada orquesta. La provisión de puestos de trabajo de mayor respon­sabilidad se realizará por la Gerencia del organismo a propuesta del Director técnico, oído el Consejo de Direc­ción. La comisión de valoración para la provisión de los citados puestos estará presidida por el Director artístico, figurando como Vocales: El Director técnico, Concertinos de la ONE, un miembro en representación de la Gerencia o de la Subdirección General de Música, un miembro de la familia instrumental a que se refiera la prueba, elegido entre los restantes que no se presenten, un miembro funcionario de cada uno de los sindicatos y grupo de funcionarios representados en la Junta de Personal del organismo, un miembro de la comisión de Profesores, actuando como Secretario un funcionario destinado en la Gerencia del Instituto. Redactado el párrafo tercero conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 258, de 28 de octubre de 1995. Ref. BOE-A-1995-23519 .
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eli/es/o/1995/10/04/(1)#art-23