Capítulo Devolución de ingresos indebidos de tasas
Art. Disposición derogatoria única
29 / 32En vigor desde 21 jul 1998
Quedan derogados los capítulos primero, II, III, IV y VI del título primero, así como los títulos II, IV y V de la Orden de 23 de julio de 1960, por la que se dictan normas para la recaudación, inspección y contabilidad de las tasas y exacciones parafiscales.
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 152, de 26 de junio de 1998. Ref. BOE-A-1998-15135 .
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Proeli/es/o/1998/06/04/(1)#disposicion-derogatoria-unica