Art. Disposición derogatoria
Capítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición derogatoria

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En vigor desde 8 mar 1993
Quedan derogadas las Ordenes del Ministerio de Transporte, Turismo y Comunicaciones de 22 de febrero de 1988 sobre otorgamiento, modificación y extinción de autorizaciones de transporte de viajeros, modificada por la de 28 de febrero de 1990; la de 30 de septiembre de 1988 sobre fijación de la fórmula determinante del contingente anual de autorizaciones de transporte de viajeros, de ámbito nacional, para vehículos de más de nueve plazas, incluido el conductor, y la Resolución de la Dirección General de Transportes Terrestres de 8 de enero de 1988 sobre la puesta en práctica de las convalidaciones, conversiones, canjes o expedición de nuevas autorizaciones de transporte por carretera, con motivo del nuevo régimen establecido por la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres y cuantas otras disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la presente Orden.
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eli/es/o/1993/02/04/(2)#disposicion-derogatoria