Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 4.ª Cooperativas de transportistas y sociedades de comercialización
Art. Disposición final segunda
24 / 24En vigor desde 14 abr 2000
Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
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Proeli/es/o/2000/04/04/(1)#disposicion-final-segunda