Capítulo CAPÍTULO V
Art. 35
37 / 52En vigor desde 24 sept 1991
Contra las Resoluciones de la Comisión Ejecutiva que recaigan sobre expedientes de solicitud de beneficios se dará recurso de alzada ante la Junta de Gobierno,
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Proeli/es/o/1991/07/31/(15)#art-35